Asociación sin ánimo de lucro, creada en 1988 que actúa legalmente contra la piratería informática en todo el mundo. Su objetivo es erradicar la piratería informática. También ha fomentado la protección de la propiedad intelectual, a través del establecimiento y la ejecución de las leyes. Denuncia On-Line sobre pirateria informática.
Ubicación y teléfonos de contacto
Gran Caracas - Caracas - VenezuelaTeléfono(s): +58 0-8003327211
jueves, 4 de junio de 2009
El Código de Ética del IEEE
Nosotros, los miembros del IEEE, reconociendo la importancia de nuestras tecnologías en la calidad de vida de todo el mundo, y aceptando una obligación personal con nuestra profesión, sus miembros y las comunidades a las que servimos, nos comprometemos a guiarnos de la manera más ética y profesional y acordamos:
aceptar la responsabilidad de tomar decisiones consistentes con la seguridad, salud y bienestar de las personas, y exponer prontamente los factores que pueden dañar a la gente o al entorno;
evitar, siempre que sea posible, conflictos de interés reales o percibidos, y exponerlos a las partes afectadas cuando aquellos existan;
ser honestos y realistas en las afirmaciones y estimaciones basadas en los datos disponibles;
rechazar sobornos en todas sus formas;
mejorar la comprensión de la tecnología, su aplicación adecuada y sus posibles consecuencias;
mantener y mejorar nuestra competencia técnica, y aceptar tareas para otros sólo si estamos cualificados por adiestramiento o experiencia, o después de exponer completamente las limitaciones pertinentes;
buscar, aceptar y ofrecer críticas honestas sobre el trabajo técnico, aceptar y corregir errores y reconocer adecuadamente las contribuciones de otros;
tratar equitativamente a todas las personas independientemente de su raza, religión, sexo, capacidades, edad o nación;
evitar dañar a otros, sus propiedades, reputación o puesto de trabajo mediante acción falsa o maliciosa;
ayudar a los/las compañeros/as en su desarrollo profesional y apoyarles en el seguimiento de este código de ética.
aceptar la responsabilidad de tomar decisiones consistentes con la seguridad, salud y bienestar de las personas, y exponer prontamente los factores que pueden dañar a la gente o al entorno;
evitar, siempre que sea posible, conflictos de interés reales o percibidos, y exponerlos a las partes afectadas cuando aquellos existan;
ser honestos y realistas en las afirmaciones y estimaciones basadas en los datos disponibles;
rechazar sobornos en todas sus formas;
mejorar la comprensión de la tecnología, su aplicación adecuada y sus posibles consecuencias;
mantener y mejorar nuestra competencia técnica, y aceptar tareas para otros sólo si estamos cualificados por adiestramiento o experiencia, o después de exponer completamente las limitaciones pertinentes;
buscar, aceptar y ofrecer críticas honestas sobre el trabajo técnico, aceptar y corregir errores y reconocer adecuadamente las contribuciones de otros;
tratar equitativamente a todas las personas independientemente de su raza, religión, sexo, capacidades, edad o nación;
evitar dañar a otros, sus propiedades, reputación o puesto de trabajo mediante acción falsa o maliciosa;
ayudar a los/las compañeros/as en su desarrollo profesional y apoyarles en el seguimiento de este código de ética.
DELITOS INFORMATICOS
1.INTRODUCCIÓN
El siglo XX y el comienzo del presente siglo han traído lo que sé de ha
denominado la “revolución digital,” caracterizada por el desarrollo de tecnología
en todas sus formas y, por ello nos encontramos ante un complejo y laberíntico
entramado de cables, satélites, redes, computadoras, fibra óptica, televisores e
impulsos eléctricos que constituyen la infraestructura del cyberespacio2. Esta
revolución, que encuentra en Internet su máxima expresión, es posible gracias al
fenómeno de la convergencia, es decir, en el uso combinado de las computadoras
y las redes de comunicación.
Los efectos de la revolución digital se hacen sentir en los distintos sectores
de la sociedad como lo es en la economía, la política, la educación, el
entretenimiento entre otras. Así pues, la sociedad encontró nuevas formas de
interrelacionarse (compras on-line, chats, e-mail, educación a distancia, foros de
discusión, etc.), y este fenómeno ha traído y traerá cambios profundos, por lo que
es imprescindible estar preparados para enfrentar una evolución tecnológica
acelerada, para que no se produzcan los efectos negativos como ocurrió en el salto
de la era agrícola a la industrial.
Mas-->http://www.desolapate.com/publicaciones/DELITOS%20INFORMATICOS_RDeSola.pdf
El siglo XX y el comienzo del presente siglo han traído lo que sé de ha
denominado la “revolución digital,” caracterizada por el desarrollo de tecnología
en todas sus formas y, por ello nos encontramos ante un complejo y laberíntico
entramado de cables, satélites, redes, computadoras, fibra óptica, televisores e
impulsos eléctricos que constituyen la infraestructura del cyberespacio2. Esta
revolución, que encuentra en Internet su máxima expresión, es posible gracias al
fenómeno de la convergencia, es decir, en el uso combinado de las computadoras
y las redes de comunicación.
Los efectos de la revolución digital se hacen sentir en los distintos sectores
de la sociedad como lo es en la economía, la política, la educación, el
entretenimiento entre otras. Así pues, la sociedad encontró nuevas formas de
interrelacionarse (compras on-line, chats, e-mail, educación a distancia, foros de
discusión, etc.), y este fenómeno ha traído y traerá cambios profundos, por lo que
es imprescindible estar preparados para enfrentar una evolución tecnológica
acelerada, para que no se produzcan los efectos negativos como ocurrió en el salto
de la era agrícola a la industrial.
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DECRETO CON FUERZA DE LEY No 1.204 DE FECHA 10 DE
Venezuela avanza aceleradamente hacia la actualización en materia de
tecnologías de información y de las comunicaciones. En los últimos años esta
evolución tecnológica ha revolucionado a nivel mundial las diferentes áreas del
conocimiento y de las actividades humanas, fomentando el surgimiento de
nuevas formas de trabajar, aprender, comunicarse y celebrar negocios. Al mismo
tiempo ha contribuido a borrar fronteras, disminuir el tiempo y acortar las
distancias.
La particularidad de estas tecnologías de información es que utilizan medios
electrónicos y redes nacionales e internacionales adecuadas que constituyen una
herramienta ideal para realizar intercambios de todo tipo, incluyendo el
comercial a través de la transferencia de informaciones de un computador a otro
sin necesidad de utilizar documentos escritos en papel, lo que permite ahorro de
tiempo y dinero.
El surgimiento de estas formas de interrelación cuenta actualmente con cientos
de millones de usuarios a nivel mundial, factor que incidirá en todos los ámbitos
del quehacer humano, entre estos, en la economía internacional y en el derecho,
los cuales deben estar presente en estas actividades con el fin de proteger, a
través de sus normas, los intereses de los usuarios.
mas--->http://www.gobiernoenlinea.ve/docMgr/sharedfiles/360.pdf
tecnologías de información y de las comunicaciones. En los últimos años esta
evolución tecnológica ha revolucionado a nivel mundial las diferentes áreas del
conocimiento y de las actividades humanas, fomentando el surgimiento de
nuevas formas de trabajar, aprender, comunicarse y celebrar negocios. Al mismo
tiempo ha contribuido a borrar fronteras, disminuir el tiempo y acortar las
distancias.
La particularidad de estas tecnologías de información es que utilizan medios
electrónicos y redes nacionales e internacionales adecuadas que constituyen una
herramienta ideal para realizar intercambios de todo tipo, incluyendo el
comercial a través de la transferencia de informaciones de un computador a otro
sin necesidad de utilizar documentos escritos en papel, lo que permite ahorro de
tiempo y dinero.
El surgimiento de estas formas de interrelación cuenta actualmente con cientos
de millones de usuarios a nivel mundial, factor que incidirá en todos los ámbitos
del quehacer humano, entre estos, en la economía internacional y en el derecho,
los cuales deben estar presente en estas actividades con el fin de proteger, a
través de sus normas, los intereses de los usuarios.
mas--->http://www.gobiernoenlinea.ve/docMgr/sharedfiles/360.pdf
LEY ORGÁNICA DE TELECOMUNICACIONES
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1.-
Esta Ley tiene por objeto establecer el marco legal de regulación general de las telecomunicaciones, a fin de garantizar el derecho humano de las personas a la comunicación y a la realización de las actividades económicas de telecomunicaciones necesarias para lograrlo, sin más limitaciones que las derivadas de la Constitución y las leyes.
Se excluye del objeto de esta Ley la regulación del contenido de las transmisiones y comunicaciones cursadas a través de los distintos medios de telecomunicaciones, la cual se regirá por las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias correspondientes.
ARTICULO 2.-
Los objetivos generales de esta Ley son:
1. Defender los intereses de los usuarios, asegurando su derecho al acceso a los servicios de telecomunicaciones, en adecuadas condiciones de calidad, y salvaguardar, en la prestación de estos, la vigencia de los derechos constitucionales, en particular el del respeto a los derechos al honor, a la intimidad, al secreto en las comunicaciones y el de la protección a la juventud y la infancia. A estos efectos, podrán imponerse obligaciones a los operadores de los servicios para la garantía de estos derechos.
2. Promover y coadyuvar el ejercicio del derecho de las personas a establecer medios de radiodifusión sonora y televisión abierta comunitarias de servicio público sin fines de lucro, para el ejercicio del derecho a la comunicación libre y plural.
3. Procurar condiciones de competencia entre los operadores de servicios.
4. Promover el desarrollo y la utilización de nuevos servicios, redes y tecnologías cuando estén disponibles y el acceso a éstos, en condiciones de igualdad de personas e impulsar la integración del espacio geográfico y la cohesión económica y social
5. Impulsar la integración eficiente de servicios de telecomunicaciones.
6. Promover la investigación, el desarrollo y la transferencia tecnológica en materia de telecomunicaciones, la capacitación y el empleo en el sector.
7. Hacer posible el uso efectivo, eficiente y pacífico de los recursos limitados de telecomunicaciones tales como la numeración y el espectro radioeléctrico, así como la adecuada protección de este último.
8. Incorporar y garantizar el cumplimiento de las obligaciones de Servicio Universal, calidad y metas de cobertura mínima uniforme, y aquellas obligaciones relativas a seguridad y defensa, en materia de telecomunicaciones.
9. Favorecer el desarrollo armónico de los sistemas de telecomunicaciones en el espacio geográfico, de conformidad con la ley.
10. Favorecer el desarrollo de los mecanismos de integración regional en los cuales sea parte la República y fomentar la participación del país en organismos internacionales de telecomunicaciones.
11. Promover la inversión nacional e internacional para la modernización y el desarrollo del sector de las telecomunicaciones. sigue-->http://www.tsj.gov.ve/legislacion/LT_ley.htm
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1.-
Esta Ley tiene por objeto establecer el marco legal de regulación general de las telecomunicaciones, a fin de garantizar el derecho humano de las personas a la comunicación y a la realización de las actividades económicas de telecomunicaciones necesarias para lograrlo, sin más limitaciones que las derivadas de la Constitución y las leyes.
Se excluye del objeto de esta Ley la regulación del contenido de las transmisiones y comunicaciones cursadas a través de los distintos medios de telecomunicaciones, la cual se regirá por las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias correspondientes.
ARTICULO 2.-
Los objetivos generales de esta Ley son:
1. Defender los intereses de los usuarios, asegurando su derecho al acceso a los servicios de telecomunicaciones, en adecuadas condiciones de calidad, y salvaguardar, en la prestación de estos, la vigencia de los derechos constitucionales, en particular el del respeto a los derechos al honor, a la intimidad, al secreto en las comunicaciones y el de la protección a la juventud y la infancia. A estos efectos, podrán imponerse obligaciones a los operadores de los servicios para la garantía de estos derechos.
2. Promover y coadyuvar el ejercicio del derecho de las personas a establecer medios de radiodifusión sonora y televisión abierta comunitarias de servicio público sin fines de lucro, para el ejercicio del derecho a la comunicación libre y plural.
3. Procurar condiciones de competencia entre los operadores de servicios.
4. Promover el desarrollo y la utilización de nuevos servicios, redes y tecnologías cuando estén disponibles y el acceso a éstos, en condiciones de igualdad de personas e impulsar la integración del espacio geográfico y la cohesión económica y social
5. Impulsar la integración eficiente de servicios de telecomunicaciones.
6. Promover la investigación, el desarrollo y la transferencia tecnológica en materia de telecomunicaciones, la capacitación y el empleo en el sector.
7. Hacer posible el uso efectivo, eficiente y pacífico de los recursos limitados de telecomunicaciones tales como la numeración y el espectro radioeléctrico, así como la adecuada protección de este último.
8. Incorporar y garantizar el cumplimiento de las obligaciones de Servicio Universal, calidad y metas de cobertura mínima uniforme, y aquellas obligaciones relativas a seguridad y defensa, en materia de telecomunicaciones.
9. Favorecer el desarrollo armónico de los sistemas de telecomunicaciones en el espacio geográfico, de conformidad con la ley.
10. Favorecer el desarrollo de los mecanismos de integración regional en los cuales sea parte la República y fomentar la participación del país en organismos internacionales de telecomunicaciones.
11. Promover la inversión nacional e internacional para la modernización y el desarrollo del sector de las telecomunicaciones. sigue-->http://www.tsj.gov.ve/legislacion/LT_ley.htm
DECRETO SOBRE INTERNET COMO PRIORIDAD REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Decreto Nº 825 del 10 de mayo de 2000 publicado en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 36.955, De fecha 22 de mayo de 2000
De conformidad con lo previsto en el artículo 110 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 1° de la Ley de Telecomunicaciones y 5° de la Ley Orgánica de la Administración Central, en Consejo de Ministros,
CONSIDERANDO
Que la Constitución reconoce como de interés público la ciencia, la tecnología, el conocimiento, la innovación y sus aplicaciones y los servicios de información, a los fines de lograr el desarrollo económico, social y político del país, y que el Ejecutivo Nacional a través del Ministerio de Ciencia y Tecnología, debe velar por el cumplimiento del mencionado precepto constitucional,
CONSIDERANDO
Que el Plan Nacional de Telecomunicaciones tiene como finalidad insertar a la Nación dentro del concepto de sociedad del conocimiento y de los procesos de interrelación, teniendo en cuenta que, para el desarrollo de estos procesos, la red mundial denominada Internet, representa en la actualidad y en los años por venir, un medio para la interrelación con el resto de los países y una herramienta invalorable para el acceso y difusión de ideas,
Sigue--->http://www.cavedatos.org.ve/download/cdt_99.doc.
De conformidad con lo previsto en el artículo 110 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 1° de la Ley de Telecomunicaciones y 5° de la Ley Orgánica de la Administración Central, en Consejo de Ministros,
CONSIDERANDO
Que la Constitución reconoce como de interés público la ciencia, la tecnología, el conocimiento, la innovación y sus aplicaciones y los servicios de información, a los fines de lograr el desarrollo económico, social y político del país, y que el Ejecutivo Nacional a través del Ministerio de Ciencia y Tecnología, debe velar por el cumplimiento del mencionado precepto constitucional,
CONSIDERANDO
Que el Plan Nacional de Telecomunicaciones tiene como finalidad insertar a la Nación dentro del concepto de sociedad del conocimiento y de los procesos de interrelación, teniendo en cuenta que, para el desarrollo de estos procesos, la red mundial denominada Internet, representa en la actualidad y en los años por venir, un medio para la interrelación con el resto de los países y una herramienta invalorable para el acceso y difusión de ideas,
Sigue--->http://www.cavedatos.org.ve/download/cdt_99.doc.
Software y el derecho de autor.
Los programas de computación o software, según la legislación venezolana, son obras del ingenio1 en consecuencia regulados por la Ley sobre el Derecho de Autor, entendiéndose por programa de computación: “a la expresión en cualquier modo, lenguaje, notación o código, de un conjunto de instrucciones cuyo propósito es que un computador lleve a cabo una tarea o una función determinada, cualquiera que sea su forma de expresarse o el soporte material en que se haya realizado la fijación...”2. Como cualquier obra del intelecto, el derecho sobre la misma es innato, nace desde el momento de la creación y es reconocido sin la necesidad de someter la obra al cumplimiento de ninguna formalidad, en otras palabras, no requiere ser registrada ni sometida a la consideración del Estado.
Los programas de computación pueden agruparse principalmente en las siguientes categorías: sistemas operativos, aplicaciones y lenguajes de programación. El sistema operativo es un programa esencial que controla el computador; maneja los dispositivos del equipo, gestiona los archivos y controla los procesos que permiten al usuario comunicarse con el computador. Sin el sistema operativo un computador no podría funcionar. Las aplicaciones son programas diseñados para facilitar al usuario la realización de un determinado tipo de trabajo. Son ejemplos de aplicaciones los procesadores de palabras, hojas de cálculo, manejadores de bases de datos, graficadores, juegos, etc. Un lenguaje de programación es un programa capaz de interpretar una secuencia de instrucciones y traducirlas a un código que comprende el microprocesador. Usando un lenguaje de programación se realzan los sistemas operativos y las aplicaciones.
Leer mas--->http://www.aporrea.org/tecno/a29113.html
Los programas de computación pueden agruparse principalmente en las siguientes categorías: sistemas operativos, aplicaciones y lenguajes de programación. El sistema operativo es un programa esencial que controla el computador; maneja los dispositivos del equipo, gestiona los archivos y controla los procesos que permiten al usuario comunicarse con el computador. Sin el sistema operativo un computador no podría funcionar. Las aplicaciones son programas diseñados para facilitar al usuario la realización de un determinado tipo de trabajo. Son ejemplos de aplicaciones los procesadores de palabras, hojas de cálculo, manejadores de bases de datos, graficadores, juegos, etc. Un lenguaje de programación es un programa capaz de interpretar una secuencia de instrucciones y traducirlas a un código que comprende el microprocesador. Usando un lenguaje de programación se realzan los sistemas operativos y las aplicaciones.
Leer mas--->http://www.aporrea.org/tecno/a29113.html
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